El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha dado luz verde al calendario laboral para 2025, que constará de 14 días festivos en total. De estos, 12 serán festivos autonómicos y los 2 restantes serán determinados por cada ayuntamiento, tal y como lo establece el Estatuto de los Trabajadores.
La competencia para fijar los días no laborables recae en el Consejo de Gobierno, aunque previamente se consulta a los grupos parlamentarios de la Asamblea de Madrid y a entidades representativas de la región. Este decreto aprobado hoy será enviado al Estado antes del 30 de septiembre, con las fechas fijas correspondientes.
Los 12 festivos establecidos en el calendario laboral de 2025 para la Comunidad de Madrid son los siguientes:
1 de enero (miércoles): Año Nuevo
6 de enero (lunes): Epifanía del Señor
17 de abril: Jueves Santo
18 de abril: Viernes Santo
1 de mayo (jueves): Fiesta del Trabajador
2 de mayo (viernes): Fiesta de la Comunidad de Madrid
25 de julio (viernes): Santiago Apóstol
15 de agosto (viernes): Asunción de la Virgen
1 de noviembre (sábado): Todos los Santos
6 de diciembre (sábado): Día de la Constitución Española
8 de diciembre (lunes): Día de la Inmaculada Concepción
25 de diciembre (jueves): Natividad del Señor
Los ayuntamientos de la región se encargarán de fijar los dos festivos locales que completarán el calendario de cada municipio. Este calendario permitirá a los madrileños organizar sus actividades y disfrutar de los días festivos a lo largo del año, brindando importantes fechas de descanso y celebración.